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Luis Zamora Calzada

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En esta semana patriótica no se puede evitar en un marco de sana reflexión, preguntar por qué a doscientos cuatro años de iniciada una lucha por la libertad, en nuestras leyes aún persisten artículos prohibitivos de la misma, agraviando la voluntad y libre determinación de las personas.

 

En nuestra entidad estaba prohibida hasta dos mil diez la libertad sindical entre los maestros, los fundadores del Sindicato Unificado de Maestros y Académicos del Estado de México (SUMAEM), luchadores por esta libertad ya no fuimos fusilados, pero si separados del trabajo y salario para subsistir, que recuperamos a los dos años con ocho meses después.

 

A siete años del inicio de la lucha, hacemos público que cometimos un pequeño olvido, una omisión de los constituyentes del nuevo sindicato estatal de profesores y que sólo con el paso del tiempo se comprendió: en el Estado de México la formación de otros sindicatos en educación, estaba prohibida por la ley del trabajo local, este referente supuestamente lo tenían todas las instancias gubernativas y la cúpula del viejo sindicato oficial, estaban seguros que nadie lograría superar el obstáculo, de allí el menosprecio en el inicio del movimiento en dos mil seis y al año siguiente, sabían que no se movería una sola letra de la ley si no lo ordenaba el gobierno a la legislatura local, lo que nunca ocurrió.

 

Sin embargo lo logramos, para la vida sindical de la entidad es histórico lo establecido por los magistrados federales en la sentencia emitida en el amparo en revisión 72/2009,  referida en su página 168 segundo párrafo al declarar “…que los artículos 138,140 y 141 último párrafo de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, son inconstitucionales al limitar la libertad sindical apoyándose para ello en jurisprudencia temática emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación que establece la inconstitucionalidad de los ordenamientos que prevean la sindicación única.”, complementado en la página 178 de la siguiente manera “…que el pleno del Máximo Órgano de Control Constitucional declaró contrarias a la Constitución Política todas aquellas legislaciones o estatutos en los que se establezca la sindicación única de servidores pues el mandamiento de un solo  sindicato de burócratas por dependencia gubernativa que establezcan las leyes o estatutos laborales, viola la garantía social de libre sindicación de los trabajadores prevista en el artículo 123, apartado B, fracción X, de la Constitución Federal de la República, toda vez que al regular la sindicación única restringe la libertad de asociación de los trabajadores para la defensa de sus intereses.”.

 

Una victoria inicial, que no termina de comprenderse entre los administradores gubernamentales, los obstáculos para el ejercicio de la libertad sindical continúan, por ello la lucha sigue, los agravios persisten, pero el espíritu por la libertad, la independencia y la justicia en el profesorado, no se doblegan, ni se doblegaran jamás.

 

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