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LUIS ZAMORA CALZADA

LA LUCHA POR LA LIBERTAD, NO TERMINA

Paradójico, cada quince de septiembre, dicen muchos que se hincha el corazón de tal sen- timiento de libertad, que hasta aseguran, su tamaño aumenta, en espera de oír al grupo

contratado para la ocasión, la verbena popular o las otras tareas que se han hecho costumbre, asociadas infamemente a la idea de libertad, que circula en bastantes referentes individuales.

He aquí una referencia diferente, proveniente de la otra historia de México, Hidalgo e Iturbide (Catón, 2008, pág. 219, 220), en donde se asegura que Don José Antonio Torres, apodado el “Amo”, hacendado que se unió a Don Miguel Hidalgo y mantuvo la insurrección en la Nueva Galicia, que tenía como capital Guadalajara, fue vencido en Palo Alto el cuatro de abril de mil ochocientos doce, hecho prisionero, se le dictó una sentencia de las más crueles que puede tener la historia, al tenor siguiente:

““Se declara al mencionado José Antonio Torres traidor al Rey y a la Patria, reo confeso en casi todas las sentadas atrocidades, condenándolo en consecuencia a ser arrastrado, ahorcado y des- cuartizado, con confiscación de todos sus bienes, y que manteniéndose el cadáver en el patíbulo hasta las cinco de la tarde, se baje a esta hora, y conducido a la plaza nueva de Venegas, se le corte la cabeza y se le fije en el centro de ella sobre un palo alto, descuartizándose ahí mismo el cuerpo, y remitiéndose el cuarto del brazo derecho al pueblo de Zacoalco, en donde se fijará sobre un madero elevado; otro en la garita del pueblo de Mexical- tzingo de esta ciudad, por donde entró a invadirla, otro en la del Carmen, salida al rumbo de Tepic y San Blas, y otro en la del bajío de San Pedro, que lo es para el puente de Calderón. Que en cada uno de dichos parajes se fije en una tabla el siguiente rótulo: JOSÉ ANTONIO TORRES, TRAIDOR AL REY Y A LA PATRIA, REBELDE E INVASOR DE ESTA CA- PITAL. Que pasados 40 días se bajen los cuartos, y a inmediación de los lugares respectivos en que se han puesto se quemen en llamas vivas de fuego, esparciéndose las cenizas por el aire. Que con tes- timonio de esta sentencia se pase oficio al subdele- gado de San Pedro Piedragorda para que, teniendo el reo casa propia en aquel pueblo, la haga derribar inmediatamente, y sembrar de sal…””.

Se asegura, que la infame sentencia fue ejecutada el veintitrés de mayo de mil ochocientos doce, que nada tiene que ver con lo que hoy se acostumbra, tan alejado de la lucha por lograr la libertad del ciudadano, libertades aún no conquistadas en di- ferentes ámbitos.

Concatenado al párrafo que antecede, está la lu- cha por la Libertad Sindical en dos mil quince, que protagonizan los maestros afiliados al Sindicato Unificado de Maestros y Académicos del Estado de México, quienes a lo largo de ocho años no han de- jado de trabajar para que se cumpla lo que garanti- za la ley; en dos mil nueve lograron la declaración de inconstitucionalidad de Artículos de la Ley del Trabajo, que prohibían la existencia de otro sindi- cato entre los maestros estatales, posteriormente, en dos mil doce se logró la Toma de Nota de la Directiva, ahora la batalla está en la obtención de las cuotas sindicales.

La contraparte en esta lucha no son otros maes- tros, tampoco el otro sindicato, simple y llanamente son diferentes titulares de instancias gubernativas, nombrados por el ejecutivo estatal para acatar la ley y que no lo hacen, colocando en tela de juicio al propio gobierno, que está obligado a cumplir y hacer cumplir la ley que le mandata, partiendo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la propia del Estado y las leyes que de ambas emanan, lo que en la lucha por la Libertad Sindical no ocurre, incurriendo en violaciones al estado de derecho en perjuicio de los docentes que ejercen el derecho Constitucional de asociación.

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