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Mosaico Mexiquense

A dos semanas de haberse efectuado las elecciones para la sucesión de la gubernatura en el Estado de México, el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) continúa siendo auditado por la Facultad de Estudios Superiores (FES), Aragón, para conocer los resultados de impugnación que realizaron los partidos de oposición, que contendieron el pasado 4 de junio, sin que se tenga fecha de la conclusión de dicho análisis de las votaciones que arrojo el órgano electoral.

Fue claro el presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), Pedro Zamudio Godínez, al asegurar que se encontraron indebidamente actas de una casilla en otra, sin que ello implique una afectación del cómputo electoral, y que se revisa al PREP es que haya funcionado adecuadamente.

Además el consejero presidente del IEEM no descartó que otro ente externo pueda realizar otra auditoría, “la base de datos está abierta, si alguien la quiere revisar y nos dice lo que encuentra, esto nos ayudará a mejorar, estamos abiertos a ello”.

Sin embargo mientras que transcurre la auditoria al PREP, los magistrados afirman que la excandidata de MORENA Delfina Gómez Álvarez, y su partido político, vulneraron al principio de equidad en la contienda electoral en perjuicio de los demás candidatos.

Ello obligo al Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), a imponer una multa económica por un millón 320 mil pesos, por actos anticipados de precampaña y campaña.

 

Los magistrados coincidieron que los agravios contenidos en la denuncia, interpuesta a través de un Procedimiento Especial Sancionador instado por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), quedaron debidamente acreditados, por lo que resolvieron aplicar una sanción de diez mil cien días al Morena y de cinco mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización vigente a la profesora Delfina Gómez Álvarez.

 

En la sentencia, se sostuvo que en diferentes eventos realizados en 35 municipios de la entidad posteriormente a ser designada Delfina Gómez Álvarez como “Promotora de la Soberanía Nacional de Morena, el 10 de julio de 2016, y a través de la difusión de diversos espectaculares, se originó un posicionamiento de la profesora Delfina Gómez frente al electorado del Estado de México.

 

Por otra parte el recurso de apelación presentado por el Partido Acción Nacional, en contra del acuerdo de fecha treinta de mayo del año en curso, emitido por el Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral del Estado de México, por medio del cual desechó un  procedimiento especial sancionador; por lo que en concepto del actor, con dicho actuar, se vulneraron  los principios de exhaustividad, fundamentación y motivación en detrimento de su derecho de justicia.

 

En el fallo, se señala que fue conforme a derecho el actuar de la autoridad responsable, en tanto que del escrito de queja y del expediente, no se advertían elementos indiciarios suficientes para identificar al denunciado o infractor y atendiendo por un lado, a que el Partido Acción Nacional omitió atribuir la responsabilidad en forma directa a un sujeto determinado, y por otro, de la investigación realizada por la autoridad electoral tampoco se evidenció, al menos como indicio una presunta responsabilidad a una persona jurídica o física, lo procedente, era, desechar la queja de mérito; por lo que se confirmó el acuerdo impugnado.

 

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