Nuevamente partidos de oposición denuncian partidización del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), y el Partido Revolucionario Institucional (PRI), ante el nombramiento de vocales y consejeros distritales para la contienda electoral del próximo año, favoreciendo al instituto tricolor, señalan representantes del Partido Acción Nacional (PAN), y Partido de la Revolución Democrática (PRD), y Morena.
El asunto es la atribución que hizo el Consejo General de dicha institución de nombrar vocales distritales, aun cuando existe una suspensión definitiva que impide ejercer como fedatario, y aun así el IEEM contrato los servicios de Mario Alfredo Jaramillo Manzu, Notario 190 para dar fe de la selección de consejeros, ignorando que tiene una suspensión definitiva que lo obliga a no ejercer como fedatario, orden emitida por un Juez Federal.
Los otros fedatarios contratados por el IEEM, son los notarios 06, Erik Benjamín Santín Becerril; 15, Evelyn Lechuga Gómez; 57, Rolando Ángel Rivera Valdés; 82, Gabriel Marcelino Ezeta Moll; y 144, Armida Aracely Alonso Madrigal.
Los representantes del PAN, PRD, y Morena, coinciden en señalar que los nombramientos de Vocales Municipales y Consejeros Distritales, que dio a conocer el IEEM, no garantizan la imparcialidad, para los procesos electorales de Ayuntamientos y Diputados Locales en el Estado de México, del año próximo.
Al respecto el representante del PRI estatal, Cesar Sánchez Millán, justifico los nombramientos de vocales municipales y consejeros distritales, afirmando que los militantes de partidos políticos no se encuentran impedidos por la ley para ser designados funcionarios electorales, y únicamente candidatos y dirigentes son quienes están impedidos para realizar esa función, y la gente que tendrá esa encomienda es “gente honorable”, por lo que descalificar “a priori” es un signo inminente de derrota. Habrá que esperar lo que digan los demás partidos.
Mientras que, Pedro Zamudio, consejero presidente del IEEM, también justificó que no basta el padrón del INE para acreditar militancia, que la actuación de los vocales de cualquier manera será verificada por los consejeros, representantes de partidos y por el Consejo General; y que todos estos funcionarios son sujetos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para sancionar cualquier sesgo.
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