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Las nuevas normas para la verificación vehicular

Automovilistas que circulan en el Estado de México deberán acatarla.

A partir de 1 de julio el programa Hoy No Circula regresa a la normalidad, sin embargo, se aplicarán nuevas reglas para la verificación vehicular, establecidas en la Norma Oficial Mexicana de Emergencia de la Semarnat, en donde se especifica los nuevos niveles de emisión contaminantes para los vehículos que circulan en la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala.

La primera norma establece que los vehículos nuevos, años 2016 y posteriores, quedarán exentos de la verificación vehicular obligatoria hasta por cuatro años a partir de su adquisición.

La disposición dos señala que vehículos año 2006 y posteriores a gasolina o gas natural, que carezcan de los conectores necesarios para realizar la verificación vehicular como ahora se exige, podrán realizar de manera excepcional una prueba dinámica con límites máximos permisibles.

La norma tres dice que los vehículos de autotransporte federal de carga, pasaje o turismo, en sus diversas modalidades y transporte privado federal, que circulen en la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala, deberán someterse a las nuevas normas de verificación.

En cuanto a la cuatro, las autoridades aplicarán un sistema de pruebas de detección remota de emisión de contaminantes de los vehículos. La NOM explica que la instalación del equipo de detección remota se realizará, por ejemplo, sólo en vialidades con más de dos carriles de circulación en la misma dirección «que permitan confinar el paso de los vehículos a un sólo carril, para evitar el traslape de plumas de escape» y la velocidad de circulación de los vehículos sea entre 10 y 80 km/h.

Finalmente, la última señala el tiempo de que durará esta normatividad de emergencia, del 1 de julio de 2016 y tendrá una vigencia de seis meses.

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