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Luis Zamora Calzada

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REFORMAS QUE FALTAN

 

Entrados en fervor patrio, al Congreso de la Unión le faltan reformas a la Constitución para vulnerar totalmente a la población, es incomprensible que no haya un agregado al artículo que quieran, para normar el desalojo de un pueblo que se levanta en dos mil trece, para festejar al pueblo que se levantó en mil ochocientos diez, tal y como ocurrió el viernes catorce de septiembre del año en curso, con brutalidad narrada en reducido número de medios, se desalojó a los maestros que no han sido escuchados, pero cruelmente satanizados por los “comunicadores” al servicio del poder, para despertar ira social en contra de un magisterio mal pagado y mal tratado en nuestro país.

 

Las televisoras todo lo dictan, a su modo pregonan lo que al gobierno en turno conviene, crean sus propias realidades, sus propias víctimas, pobres policías atacados por los malvados maestros, que no merecen ni ser llamados ciudadanos, urge la reforma de los artículos 35, 36, 37 Constitucionales, en particular el inciso C) del 37, sugiriendo se agregue que la ciudadanía mexicana la pierde “todo individuo que se manifieste en contra de leyes que aprueba el poder legislativo, a dictado de iniciativas del poder ejecutivo, así como los que participen en plantones que serán disuelto y sancionados por el poder judicial, correrán igual suerte los que escriban contraviniendo cualquier dictado proveniente del poder”, acompañado todo de spots, con referencias de imágenes históricas de “revoltosos” diversos como un tal Hidalgo, Allende o Morelos entre otros.

 

El artículo 14 debe ser modificado de manera inmediata, como es posible señores senadores y diputados que permanezca en el texto que “a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”, esto no permitirá examinar y correr a los maestros, debe eliminarse en su totalidad el que “nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho”, totalmente contrario a lo que dice la Ley para la Profesionalización Docente, respecto al periodo de inducción al servicio con duración de tres años, con una evaluación anual y si cumple con las exigencias recibirá el nombramiento definitivo, si no será separado del servicio público sin responsabilidad para la Autoridad Educativa.

 

Sabemos que estas probables iniciativas serán aplaudidas por sus correligionarios, dispuestos a instaurar el siglo XVII en pleno siglo XXI de esta segunda década que transcurre.

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