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Busca proteger al sector femenil contra violencia digital y mediática legisladora de Morena

**El 96 por ciento de víctimas de violencia digital son mujeres: Karina Labastida.
**Buscan que haya freno a mostrar a mujeres como objeto de consumo, discriminación, o humillación.

Toluca / Estado de México

Se busca que Jueces y Ministerios Públicos otorguen medidas de protección en casos de violencia digital y mediática en contra de mujeres y niñas del Estado de México, así lo propuso la diputada de Morena Karina Labastida Sotelo en la iniciativa que presentó.

La Legisladora de Morena en su participación en tribuna hizo énfasis que el 96 por ciento de los delitos por violencia digital, afectan al sector femenil.

Agregó, «la propuesta busca evitar cómo se muestran a las mujeres como objetos de consumo, discriminación, que se deshonren a las mujeres, se humillen o atenten contra su dignidad, su nombre y su imagen, reproduciendo patrones nocivos para su desarrollo humano que, incluso, pueden incitar al ejercicio de otras modalidades y tipos de violencia en su contra”, detalló.

Karina Labastida destacó que hay un índice alto de violencia digital registrado en el Estado de México de 2019 a 2021, pues se tiene registro de 385 delitos por violencia de género por medio de violencia digital, de las cuales 372 son mujeres y 13 hombres, lo que representa que las mujeres son el 96.6 por ciento de las victimas de violencia digital frente al 3.4 por ciento de hombres.

Por lo que esta iniciativa adiciona diversas disposiciones de la Ley de Acceso a las mujeres a una vida Libre de Violencia y la Ley de Seguridad, ambas del Estado de México, con el propósito de armonizar y homologar sus disposiciones, en las materias de órdenes de protección, en violencia digital y mediática, para que las niñas, las adolescentes y las mujeres mexiquenses, dispongan de los mecanismos para prevenir y sancionar la violencia contra ellas.

La propuesta establece que tratándose de violencia digital o mediática para garantizar la integridad de la víctima, la o el Ministerio Público, la Jueza o el Juez, ordenarán de manera inmediata, las medidas de protección necesarias, siguiendo los procedimientos establecidos en la Ley General.

Las órdenes de protección tendrán una duración de hasta 60 días, prorrogables por 30 días más o por el tiempo que dure la investigación o prolongarse hasta que cese la situación de riesgo para la víctima. Deberán expedirse de manera inmediata o a más tardar dentro de las 4 horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan.

Finalmente, la legisladora de la Cuarta Transformación destacó que esta iniciativa va acompañada de la conmemoración del pasado 25 de noviembre “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”, reconociendo el papel que tienen las y los Legisladores para dar cumplimiento a los instrumentos internacionales de derechos humanos.

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