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Articulo.-El Congreso Mexiquense avala reformas constitucionales que amplían la participación ciudadana en el Estado de México

Antes de irse de vacaciones, los legisladores mexiquenses avalaron en forma unánime reformas a la Constitución Política estatal, como base para incorporar las candidaturas independientes, iniciativa ciudadana y consulta popular, que tienen el objetivo de abrir nuevos cauces a la participación ciudadana en la entidad mexiquense, además de modificar el procedimiento por el que rinde protesta el titular del Ejecutivo estatal.

En la Primera Sesión Deliberante del Tercer Periodo Ordinario, los diputados locales avalaron las reformas propuestas por el gobernador, Eruviel Ávila Villegas, diputados integrantes de la Junta de Coordinación Política (JCP) y por el diputado Octavio Martínez Vargas, presidente de la Diputación Permanente.

Conjuntadas en un solo dictamen y avaladas previamente por las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Asuntos Electorales, fortalecen la participación ciudadana con una nueva dimensión de participación política y refuerzan el derecho fundamental de todos los ciudadanos mexicanos a ser votados.

Establecen que la legislación determinará los casos en los que los candidatos independientes participarán en los Consejos Generales del Instituto Electoral, quienes serán objeto de la fiscalización de sus finanzas, y que tendrán acceso a la radio y la televisión al igual que los partidos políticos.

En este sentido, establece como prerrogativas de los ciudadanos del Estado de México, solicitar el registro de candidatos independientes ante la autoridad electoral, cumpliendo los requisitos y condiciones que determine la legislación aplicable, e iniciar leyes, en los términos señalados en la Constitución y las leyes, así como votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia estatal.

Estas consultas serán convocadas por la Legislatura a petición del Gobernador; el equivalente a 33 por ciento de los integrantes de la Legislatura, o por los ciudadanos en un número equivalente, al menos, a 2 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores de la entidad con corte a la fecha que haga la petición.

Cuando la participación total corresponda, cuando menos, a 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores con corte a la fecha de la consulta, el resultado será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo locales, así como para las autoridades estatales competentes. No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos, los principios consagrados en el artículo 40 de la Constitución federal, los consagrados en el Artículo 3 de la local, la materia electoral, los ingresos y gastos del Estado, además de la seguridad estatal.

Corresponderá al IEEM la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados, de la consulta que se realizará el mismo día de la jornada electoral.
La reforma, agrega a las facultades y obligaciones del Congreso estatal, legislar en materia de participación ciudadana, iniciativa ciudadana y consultas populares, además de convocar a estas.

De acuerdo con lo aprobado, el gobernador rendirá protesta constitucional ante la Legislatura o ante la Diputación Permanente, en los recesos de aquella; si por cualquier circunstancia, no puede rendir protesta en estos términos, lo hará de inmediato ante la Directiva de la Legislatura, y en caso de que no pueda rendir protesta ante la Legislatura, la Diputación Permanente o su Directiva, lo hará ante el presidente del Tribunal Superior de Justicia.

Adiciona a las facultades y obligaciones del gobernador, solicitar a la Legislatura las consultas populares sobre los temas de trascendencia estatal.
Entre los transitorios se establece que el Congreso mexiquense deberá expedir la legislación para dar cumplimiento a este decreto, a más tardar en un año contado a partir de su entrada en vigor.

 

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