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Luis Zamora Calzada

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Política Educativa, La Evaluación (I)

El registro y la toma de nota del Sindicato Unificado de Maestros y Académicos del Estado de México (SUMAEM), representa la actualización de nuestra entidad en Materia Sindical, al superar la existencia de un solo sindicato por instancia gubernativa, que establecía la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios hasta septiembre de 2009, finalizando con la sindicación única que imperaba en nuestra entidad y que violaba el derecho a la libertad sindical garantizada en el Artículo 123 Constitucional.

 

Sin embargo, la aportación de la organización gremial naciente no se ha reducido al ámbito sindical, desde su inició en dos mil seis, se difundió una serie de planteamientos para la definición de una política educativa estatal, inherentes a la propia constitución del sindicato, concentrados en la iniciativa de Ley de Educación del Estado de México, ingresada en homenaje al día del maestro, el catorce de mayo de dos mil diez a la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados para su análisis, discusión y aprobación, que ocurrió en dos mil once, los cuales se irán desglosando a partir de ahora y en próximas entregas.

 

Entre los más importantes, que hoy son parte de la política educativa nacional, se identifica el tema de la evaluación del Sistema Educativo Estatal, la que se reconoce es de interés público y sus resultados deberán ser tomados como base para que la autoridad educativa, en el ámbito de su competencia, adoptará las medidas procedentes en la planeación estatal, regional, municipal, de zona escolar y en los diferentes planteles.

 

Al respecto, destaca el contenido del artículo 19, que señaló como el encargado de la evaluación, al Instituto Estatal de Evaluación Educativa, como órgano autónomo del Ejecutivo del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, el que evaluaría en forma sistemática y permanente al Sistema Educativo Estatal, de conformidad con la Ley General de Educación, la Ley de Educación estatal y los ordenamientos legales aplicables; integrando un sistema general de evaluación, que permitiría contar con la información necesaria para racionalizar el funcionamiento del Sistema Educativo Estatal.

 

El Ejecutivo del Estado, en coordinación con la autoridad educativa estatal presentaría las propuestas de integrantes de los órganos directivos del Sistema General de Evaluación, tal como se establecería en el decreto de creación que para tal efecto expidiera la Legislatura.

 

Las propuestas se presentarían al Congreso del Estado, el cual tendría diez días hábiles para dictaminar cada caso en particular, fundamentando así sus decisiones y quienes habrían de integrar los órganos directivos.

 

Lo que por cierto no ocurrió en nuestra entidad; al depender el Instituto de la Secretaría de Educación local, se pierde la autonomía y se circunscribe a lo que la propia instancia le mandate, con grandes riesgos de ser parcial en sus informes y resultados.

 

 

 

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